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| Lima, 10 noviembre 2008 N° 286 |
El Sindicato Nacional de Trabajadores de Nestlé Perú S.A. – SUNTRANEP realizó el pasado lunes tres de noviembre un plantón frente a la sede de la Oficina Regional de Trabajo de la OIT y entregó un nuevo alegato ante el Comité de Libertad Sindical por las prácticas antisindicales de Nestlé en Perú. La Queja fue presentada inicialmente en agosto de 2008 junto a la Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP y la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación - UITA debido al despido del Secretario de Defensa del SUNTRANEP, David Rázuri, el 14 de junio del 2007. El documento fue presentado en el marco de la segunda semana de Huelga General Indefinida, debido a la actitud de la empresa que persiste en dilatar la solución definitiva del pliego de reclamos 2008 y en entorpecer el ejercicio del derecho a la huelga. Esta no solo ha implementado una campaña de amedrentamiento al Sindicato y sus dirigentes (señalando que el pedido de valorización del pliego de reclamos al Ministerio de Trabajo era una “guerra sucia que tendría respuestas”), si no que viene boicoteando el ejercicio del derecho de huelga al reemplazar los puestos de los trabajadores en paro con trabajadores contratados, contraviniendo la ley y poniendo en riesgo la propia seguridad de los contratados al no estar capacitados para realizar ese tipo de funciones. Durante la tramitación de la declaración de huelga el sindicato encontró conductas arbitrarias por parte de malos funcionarios del Ministerio de Trabajo quienes en dos oportunidades exigieron al Sindicato el cumplimiento de requisitos y formalidades inexistentes en la ley, impidiendo el ejercicio de un derecho constitucional reconocido además en los Convenios internacionales de OIT 87º y 98º. Finalmente luego de la remoción de estos funcionarios el Ministerio de Trabajo declaró la procedencia de la huelga la cual viene durando ya dos semanas. El despido del Secretario de Defensa del Sindicato por su labor sindical, el reiterado incumplimiento de Nestlé al Convenio Colectivo pactado, sus prácticas contrarias a la negociación colectiva y la conducta arbitraria de los funcionarios del Ministerio de Trabajo frente al ejercicio del derecho de huelga por parte de los trabajadores motivaron el pedido ante la OIT. Cabe señalar que según Los Principios Corporativos Empresariales de Nestlé esta “apoya plenamente los cuatro principios rectores del Global Compact de Naciones Unidas en materia de trabajo. Por lo tanto, Nestlé apoya: La libertad de asociación y el reconocimiento real del derecho a la negociación colectiva (Principio 3)(…)La eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación (Principio 6)” Asimismo, de acuerdo al mencionado documento “Nestlé utiliza las Directrices revisadas de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) para las Empresas Multinacionales,” Las Directrices OCDE señalan que “las empresas deberán: 1. a) respetar el derecho de sus trabajadores a ser representados por sindicatos u otros representantes legítimos de los trabajadores y participar en negociaciones constructivas, ya sea individualmente o a través de asociaciones de empresas, con dichos representantes con vistas a alcanzar convenios sobre condiciones laborales”; Además, según el Código de Conducta Empresarial de Nestlé esta “respeta la dignidad personal, la privacidad y los derechos personales de cada trabajador (…)” Es claro que con éstas prácticas antisindicales los funcionarios de Nestlé en Perú han incumplido los compromisos corporativos de la empresa a nivel global empañando gravemente su imagen y reputación. Si desea ver la Queja a OIT presentada y su ampliación presione aquí: Si desea ver el Código de Conducta de Nestlé presione aquí. Si desea ver los Principios Corporativos Empresariales de Nestlé presione aquí. Envien sus cartas expresando su opinión y solidaridad a : GRUPO NESTLÉ PERÚ S.A GLOBAL COMPAC SINDICATO ÚNICO NACIONAL DE TRABAJADORES NESTLÉ PERÚ S.A – SUNTRANEP CONFEDERACIÓN GENERAL DE TRABAJADORES DEL PERÚ (CGTP) MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DEFENSORIA DEL PUEBLO COMISIÓN DE TRABAJO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA CONGRESO DE LA REPÚBLICA PODER JUDICIAL PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS |
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